domingo, 29 de abril de 2007

28 DE ABRIL DE 2007

17,30 horas…

“Hablar de dinero estaba prohibido en las casas de nuestra infancia: era de mala educación hablar de dinero; y sobre todo, no se permitía que los niños participasen de esos temas, como de casi ninguno, pero especialmente no se nos permitía hablar de dinero. Así, en nuestras casas, si se hablaba de lo que costaban las cosas, de lo que ganaba o no la gente, se le llamaba la atención al que lo hacía: “de dinero no se habla”, se nos decía. Pero hete aquí que ahora se habla de lo que gana o deja de ganar la gente, avalado encima con un plus de modernidad y de transparencia. Y se echan en cara lo que gana uno u otro. Y se publicitan los sueldos de Botines y otros banqueros, de políticos, de artistas, y de gente de mala o buena ralea, y, claro, así nos va: estamos en un país de vecindonas, de horteras, de cotillas y de maleducados. Porque hablar de dinero, de lo que se gana o se pierde, para mí sigue siendo de mal gusto; y de dinero no se debería hablar en las casas de gente educada, de gente inteligente y de gente solidaria.
Y es que el dinero se ha convertido en el dios de nuestros tiempos; siempre lo fue, pero hoy el dios del dinero se ha secularizado con los tiempos modernos”.

19,24 horas…

“Soy politeísta; no monoteísta. Defiendo el politeísmo, frente al monoteísmo…
Los Dioses, frente a Dios. El dios de la belleza, el dios del amor, el dios de la educación, el dios del respeto, el dios de la dignidad, el dios de la inteligencia, el dios del mar, el dios del sol, y el dios del vino…, frente al dios de los cristianos, de los árabes y de tantas y tantas culturas represivas como dominan el mundo”…

22,35 horas…

“La Ley de partidos sigue dejando rastros de dudosa constitucionalidad, y dándole alas al discurso PPro de confrontación con el Gobierno de ZP en lo que atañe a la lucha contra ETA. Y recuerdo y dos artículos de Javier Pérez Royo en EL PAIS con fechas 20-08-2002 y 17-06-2003, que suscribo, y que en resumen venían a demostrar la inconstitucionalidad de la Ley de Partidos y la potestad de un partido político para decir o no decir lo que desee (la manía en insistir en que HB tiene que condenar el terrorismo es una insistencia innecesaria para la legalidad o no de este partido: el silencio no es delito).
Gracias a la hemeroteca de elpais.es podemos recuperar estos textos. Decía Pérez Royo el día 20-08-2002 lo siguiente:
“El próximo 26 de agosto parece que el Congreso de los Diputados adoptará el acuerdo de instar al Gobierno a que solicite la ilegalización de Batasuna de acuerdo con lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica 6/2002, de Partidos Políticos… a nadie se le oculta que el origen de la solicitud está en el reciente atentado en Santa Pola y en la negativa de la dirección de Batasuna a condenar dicho atentado inmediatamente después de haberse producido o de hacerlo en cualquiera de las instituciones (Parlamento vasco, Diputaciones o Ayuntamientos) en las que cuenta con representación y en las que se han aprobado mociones de condena.
Dicho en pocas palabras: la Ley de Partidos se va a aplicar no por la justificación del atentado, sino por la no condena, por el silencio de Batasuna ante el atentado de ETA. Éste es el motivo por el que se va a solicitar su ilegalización,… Esta manera de proceder no sólo plantea un problema de legalidad, de si la no condena o el silencio pueden considerarse incluidos entre las conductas contempladas en el artículo 9 de la LO 6/2002, sino que plantea un problema de constitucionalidad… El derecho a que nadie te pregunte sobre lo que piensas acerca de una determinada cuestión o a que te hagan un juicio de intenciones con consecuencias jurídicas sobre lo que has querido decir al pronunciarte sobre un determinado acontecimiento es casi el único derecho fundamental que no tiene límites. La no condena o el silencio de Batasuna ante el atentado de Santa Pola, por repugnante que resulte, queda amparado por ese derecho fundamental. Es absolutamente impenetrable desde el exterior. Y no se puede extraer ninguna consecuencia jurídica del mismo… Me imagino que la decisión política ya está tomada y que es irreversible. Ya veremos qué ocurre cuando tenga que ser revisada jurídicamente”.

Y el día 17-06-2003, el mismo Pérez Royo, escribía lo siguiente:
“Lo peor de la Ley de Partidos no es que ha limitado de manera, en mi opinión, más que dudosamente constitucional el derecho de asociación política, sino que nos ha metido y nos va a meter cada día más, política y jurídicamente, en un callejón sin salida… Nos ha metido en un callejón sin salida porque, aunque formalmente la ley se circunscribe a limitar el derecho de asociación reconocido en el artículo 22 de la Constitución Española (CE), materialmente lo que acaba limitando en la aplicación que de la misma se está haciendo es el derecho de participación política reconocido en el artículo 23 CE… El derecho de participación es el derecho constitutivo de la nacionalidad, es lo que nos hace ser ciudadanos españoles, lo que nos diferencia políticamente de los demás seres humanos que no lo son, porque son ciudadanos franceses, alemanes... Justamente por eso, porque es un derecho constitutivo de la nacionalidad, de la que "ningún español de origen podrá ser privado" (artículo 11.2 CE), el derecho no es susceptible de ser limitado mediante ley como lo ha sido el derecho de asociación. Ningún ciudadano español, mientras continúe siendo ciudadano español, puede verse privado del ejercicio del derecho de participación.
En el ordenamiento jurídico únicamente se contempla la privación del ejercicio del derecho de participación de manera individualizada y mediante sentencia judicial firme. La condena por determinados delitos lleva aparejada la pérdida del ejercicio del derecho de participación política durante el tiempo que indique la sentencia. O la verificación, también por vía judicial, de que una persona se encuentra incapacitada para el ejercicio del derecho. Ésos son los únicos supuestos en que puede verse privado un ciudadano del ejercicio del derecho de participación. Cualquier otro que pretendiera imponerse sería radicalmente anticonstitucional. Supondría la negación del fundamento en el que descansa la legitimación democrática del Estado”…

Como mi tocayo Pérez Royo, participo de la inconstitucionalidad de la ley de partidos. Y fue una torpeza aprobar una ley inconstitucional como consecuencia del pacto antiterrorista de ZP, para que, después de firmarlo -a regañadientes- Aznar lo utilizase como su discurso fundamental para desgastar a ZP -el valedor del pacto- después de ganarle este las elecciones a Rajoy, el lacayo de aquel.
Y seguimos en un callejón sin salida”…

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